
- SOGARTE únicamente cobra el 1% anual sobre el riesgo vivo (capital pendiente de amortizar) en concepto de coste de intermediación.
- Actualmente esta comisión está subvencionada por la Comunidad Autónoma de Canarias

Recientemente se ha firmado con
la Consejería de Economía y Hacienda un Convenio por lo que
se establecen subvenciones al coste de los avales de las Sociedades
de Garantía Recíproca.
A través de este Convenio la Comunidad Autónoma subvencionará:
a) Gastos de Estudio: 0,5% del importe de la operación
b) Comisión de Aval: 1% del riesgo vivo (anual hasta el vencimiento de la operación).
- Este tipo de subvención es sólo aplicable a operaciones financieras (préstamos, pólizas de crédito …). En función de la finalidad
de las operaciones, se establecerán los siguientes límites:
| FINALIDAD OPERACIÓN |
IMPORTE MÁXIMO SUBVENCIONABLE |
PLAZO MÁXIMO SUBVENCIONABLE |
| Circulante |
90.151,82 € |
3 años |
| Inversión |
150.000,00 € |
10 años |
| Inversión Inmobiliaria |
240.000,00 € |
15 años |
| Refinanciación |
90.151,82 € |
10 años |
- En
el caso de que los importes y/o los plazos de las operaciones
sean superiores a los preestablecidos por la CC.AA., la diferencia
de las comisiones y gastos de estudio entre los importes subvencionables
y los de las operaciones serán abonadas por los titulares
de las mismas.
- Estas
subvenciones se abonarán siguiendo un riguroso orden de entrada,
fijándose como referencia la fecha de la firma de la operación
ante fedatario público (Notarios y antiguos Corredores de
Comercio).
- El
abono de la Subvención dependerá de la Consignación presupuestaria
de la CC.AA., así como del abono de los fondos llevada a cabo
por la misma.

