Condiciones

Tipo de préstamo subvencionable * Préstamos hasta 5 años para tesorería
Importe máximo subvencionable ** 60.000 €
Importe mínimo subvencionable 6.000 €
Plazo máximo de la operación 5 años
Plazo máximo subvencionable 5 años
Plazo mínimo de la operación 3 años
Importe máximo de la subvención 15.000 €

*La entidad financiera con la que se ha formalizado el préstamo deberá haberse adherido a esta línea de ayudas mediante convenio con el Gobierno de Canarias.

** Cuando el importe de la operación sea superior al máximo subvencionable, se calculará la subvención sobre 60.000 €.

Gobierno de Canarias

Subvencion de intereses

El Gobierno de Canarias subvenciona los intereses devengados por los préstamos de financiación de tesorería formalizados con el aval de Sogarte a partir del 1 de enero de 2010 siempre y cuando no supongan refinanciación de operaciones existentes.

El importe de la subvención es:

  • Para el primer año: 100% de los intereses y 100% de los gastos bancarios de apertura con un máximo del 0,75% del importe de la operación
  • Para el segundo año: 80% de los intereses
  • Para el tercer año: 70% de los intereses
  • Para el cuarto año: 60% de los intereses
  • Para el quinto año: 50% de los intereses

Pueden beneficiarse de esta subvención las empresas, profesionales y autónomos que, teniendo la condición de pymes, no tengan más de 25 trabajadores y estén establecidos en el territorio de la Comunidad Autónoma Canaria con anterioridad al 1 de enero de 2008.

Están excluidas de esta subvención las empresas, profesionales y autónomos pertenecientes a los siguientes subsectores:

  • Pesca
  • Producción agrícola primaria
  • Transformación y comercialización de productos agrícolas en los términos establecidos en la Ayuda de Estado

Tampoco podrán subvencionarse con esta ayuda las actividades dirigidas a la exportación ni las que favorezcan la producción nacional frente a la importación.

En 2010, no podrán beneficiarse de esta subvención las empresas, profesionales y autónomos que antes del 1 de julio de 2008 se encontraran en crisis según la definición establecida en el apartado 2.1 de las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales y de Salvamento y Reestructuración de Empresas en Crisis.

Los trámites iniciales de la solicitud de la subvención corren a cargo de Sogarte.

Esta subvención es incompatible con las de los Fondos Cabildo de Tenerife, de La Palma y de La Gomera.

Es requisito imprescindible presentar certificados positivos de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y Seguridad Social.

Descargar solicitud (Anexo II).

Resolución Consejería de Economía y Hacienda
4688 ORDEN de 5 de agosto de 2010, por la que se resuelve provisionalmente el primer período de la convocatoria abierta de concesión de subvenciones a la financiación de liquidez para Pymes que cuenten con una plantilla no superior a 25 trabajadores.

Descargar (BOC-A-2010-158-4688).

Instituciones
© 2010 Sociedad de Garantías Recíprocas de Canarias S.G.R. Todos los derechos reservados. | Aviso legal